Si tienes deudas con la Agencia Tributaria (AEAT), la Seguridad Social (TGSS) o tu Ayuntamiento, es probable que te hayan dicho que son imposibles de cancelar. Sin embargo, la Ley de Segunda Oportunidad ha evolucionado. Gracias a sentencias recientes del Tribunal Supremo, el perdón de la deuda pública es hoy una realidad mucho más amplia de lo que marca la ley escrita.
En Olcina Abogados, aplicamos la jurisprudencia de 2026 para que Hacienda deje de ser un obstáculo en tu camino.
1. El perdón TOTAL de multas, recargos e intereses
Esta es la mayor ventaja para quienes arrastran deudas que han crecido con el tiempo. Las deudas públicas se clasifican en diferentes categorías, y la justicia ha dado un paso de gigante en las llamadas «subordinadas».
- ¿Qué se perdona al 100%? Prácticamente la totalidad de las multas, sanciones, recargos e intereses de demora.
- Sin límites de dinero: A diferencia de otras deudas, estas cantidades desaparecen por completo, aunque sumen decenas de miles de euros.
- La clave: El Tribunal Supremo (Sentencia 440/2026) confirma que estos conceptos no deben impedir que una persona de buena fe recupere su libertad financiera.
2. El perdón del «Principal»: Cómo funcionan los 10.000 €
El «principal» es el impuesto original o la cuota que no se pagó en su día. Aquí, la ley establece un límite de perdón de hasta 10.000 € por organismo. Es importante entender que el perdón no es del 100% de esos 10.000 €, sino que se calcula por tramos:
- Primer tramo de 5.000 €: Se perdona el 100% (los primeros 5.000 € desaparecen íntegros).
- Segundo tramo (hasta 10.000 €): De la cantidad restante, se perdona el 50% hasta alcanzar el tope máximo de perdón permitido.
Ejemplo de cálculo: Si le debes 15.000 € de principal a Hacienda:
- Se perdonan los primeros 5.000 € (al 100%).
- De los 10.000 € restantes, se perdona el 50% (otros 5.000 €).
- Total perdonado: 10.000 €. Deberás pagar solo 5.000 € en cuotas cómodas.
3. Ayuntamientos y Diputaciones: Tratamiento idéntico
Mucha gente cree que es más difícil cancelar una deuda con un Ayuntamiento que con la AEAT. Es un error.
La justicia ha dejado claro que no hay justificación para distinguir entre administraciones. Por lo tanto, el sistema de tramos y el límite de 10.000 € se aplica exactamente igual para:
- Hacienda Nacional (AEAT).
- Seguridad Social (TGSS).
- Ayuntamientos, Diputaciones y Haciendas Forales.
4. Resumen: ¿Qué parte de tu deuda pública desaparece?
| Concepto de la Deuda Pública | Porcentaje de Perdón (EPI) | Límite de Dinero |
| Multas y Sanciones | 100% (Total) | Sin límite de cuantía |
| Intereses y Recargos | 100% (Total) | Sin límite de cuantía |
| Principal (Cuotas/Impuestos) | Escalonado | Máximo 10.000 € por organismo |

5. Ejemplo práctico: ¿Cuánto ahorraría Manuel con la Ley de Segunda Oportunidad?
Manuel es un antiguo propietario de una cafetería que tuvo que cerrar y arrastra deudas con tres administraciones distintas. Vamos a ver cómo se aplicaría el perdón (EPI) tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo 440/2026.
Las deudas de Manuel:
- Con Hacienda (AEAT): Debe 12.000 € de principal (impuestos) y 8.000 € en multas e intereses acumulados.
- Con la Seguridad Social (TGSS): Debe 6.000 € de principal por cuotas de autónomo no pagadas.
- Con su Ayuntamiento: Debe 4.000 € de principal por tasas municipales e IBI.
¿Cómo se calcula el perdón?El resultado final:
| Administración | Deuda Total | Perdón de Multas e Intereses (100%) | Perdón del Principal (Tramos) | Total que se le perdona |
| Hacienda (AEAT) | 20.000€ | 8.000 € (Se borran íntegras) | 8.500 € (5.000 € al 100% + 50% de los 7.000 € restantes) | 16.500€ |
| Seguridad Social | 6.000€ | 0€ | 5.500 € (5.000 € al 100% + 500 € al 50%) | 5.500€ |
| Ayuntamiento | 4.000€ | 0€ | 4.000 € (Al ser menos de 5.000 €, se perdona íntegro) | 4.000€ |
| TOTALES | 30.000€ | 8.000€ | 17.000€ | 26.000€ |
De una deuda inicial de 30.000 €, a Manuel se le han perdonado 26.000 €. Los 4.000 € restantes no desaparecen, pero se incluyen en un plan de pagos para que los pague poco a poco en cuotas mensuales de unos 80 € durante 5 años, sin intereses.
¡Manuel ha pasado de estar asfixiado por los embargos a tener una cuota que puede pagar con su sueldo actual!
No dejes que la deuda pública te detenga
Desde que iniciamos tu proceso con Olcina Abogados, los embargos de cualquier administración deben detenerse. Somos expertos en utilizar la jurisprudencia más reciente para garantizar que obtengas el máximo perdón legal posible.


